Regulación, aplicación y criterios fundamentales con la entrada en vigencia de la ley especial de adopciones

La adopción es definida en el artículo 2 de la Ley Especial de Adopciones como una institución jurídica de interés social que confiere mediante resolución judicial un vínculo de filiación en forma definitiva e irrevocable, que tiene como finalidad proveer a la niña, niño o adolescente como a la pers...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Álvarez Portillo, Carlos Gustavo, Espinoza Quezada, Stanley Vladimir, Solano Toledo, José David
Otros Autores: Castro Pacas, Ronnie Vladimir
Formato: Tesis
Lenguaje:es_SV
Publicado: 2024
Materias:
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14492/21407
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Descripción
Sumario:La adopción es definida en el artículo 2 de la Ley Especial de Adopciones como una institución jurídica de interés social que confiere mediante resolución judicial un vínculo de filiación en forma definitiva e irrevocable, que tiene como finalidad proveer a la niña, niño o adolescente como a la persona mayor de edad, una familia que garantice su protección integral, desvinculándose para todo efecto jurídico de su familia de origen. La adopción tiene como finalidad garantizar el interés superior sujetos a la adopción, para que puedan vivir y desarrollarse en el seno de una familia, asegurando su bienestar y desarrollo integral.