Reconocimiento de hijos naturales
El código civil nos dice que tendrá calidad de hijos naturales los hijos nacidos fuera del matrimonio que hayan sido reconocidos voluntariamente por su padre o declarados reconocidos de parte de este por el juez respectivo; de donde se deduce que hijo natural es aquel que ha sido concebido y nacido...
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| Format: | Thèse |
| Langue: | es_SV |
| Publié: |
2024
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| Accès en ligne: | https://hdl.handle.net/20.500.14492/7631 |
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| Résumé: | El código civil nos dice que tendrá calidad de hijos naturales los hijos nacidos fuera del matrimonio que hayan sido reconocidos voluntariamente por su padre o declarados reconocidos de parte de este por el juez respectivo; de donde se deduce que hijo natural es aquel que ha sido concebido y nacido de una unión no sancionada por la ley, pero reconocido como tal, ya sea por una declaración voluntaria y espontanea de su progenitor o mediante una sentencia judicial que declare reconocida dicha filiación. |
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