El reconocimiento judicial de personas realizado fuera de la circunscripción territorial del juez que conoce la causa de litigio en los procesos civiles y mercantiles

El reconocimiento judicial de personas además conocido en diferentes materias de la norma como inspección personal del juez o inspección judicial, es mediante el juez a través de los sentidos necesarios, puede percibir el estado de un bien o el estado de una persona en el que se encuentre, para apor...

Description complète

Enregistré dans:
Détails bibliographiques
Auteurs principaux: Mendoza Santos, Jesús Enrique, Mikelly Ayala, Fernando Ivan, Rosa Menéndez, Rodrigo Leopoldo
Autres auteurs: Martínez, José Antonio
Format: Thèse
Langue:es_SV
Publié: 2024
Sujets:
Accès en ligne:https://hdl.handle.net/20.500.14492/9881
Tags: Ajouter un tag
Pas de tags, Soyez le premier à ajouter un tag!
Description
Résumé:El reconocimiento judicial de personas además conocido en diferentes materias de la norma como inspección personal del juez o inspección judicial, es mediante el juez a través de los sentidos necesarios, puede percibir el estado de un bien o el estado de una persona en el que se encuentre, para aportar a los hechos controvertidos en el proceso una mejor concepción de lo percibido siempre y cuando este sea necesario. Es decir que el juez es quien implementa con sus sentidos el estado en que se encuentra un objeto o persona. Aplicar el concepto en la práctica se refiere a que existen varios tipos de reconocimiento, como puede ser: el reconocimiento de inmuebles; que es por el cual el juez se percata del estado físico en que se encuentra el bien inmueble, trasladándose personalmente al lugar o bien de las formas que establece la ley. En cuanto al reconocimiento de personas, como lo dice el Código Procesal Civil y Mercantil en el artículo 390 y siguientes, debe practicarse en audiencia, describiendo precisamente el estado de la persona, pero si esto no es posible deberá de trasladarse al lugar o bien hacerlo por comisión procesal, lo cual la dilación del proceso, siempre estar presente cuando no puede ser practicada en audiencia, por lo tanto, lo que es la implementación de la utilización de la videoconferencia para la realización del reconocimiento de personas sería una solución fáctica para evitar que el proceso se atrase y además para dar seguridad de una pronta resolución al conflicto.