Propuesta de un manual de procedimientos para la verificación y cumplimiento de las buenas prácticas de distribución y transporte de productos farmacéuticos basado en el artículo 44 y 45 de la Ley de medicamentos

La presente investigación se realizó en la Biblioteca de Facultad de Química y Farmacia, así como realizando visitas a los establecimientos Farmacéuticos y a la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) con el objetivo de conocer si los Establecimientos aplicaban las Buenas Prácticas de Distribución...

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Detalhes bibliográficos
Autores principales: Valdez Durán, Cleotilde Lissette, Vasquez Martínez, Martha Beatriz
Outros Autores: Arévalo de Márquez, Zenia Ivonne
Formato: Tesis
Idioma:es_SV
Publicado em: 2023
Assuntos:
Acesso em linha:https://hdl.handle.net/20.500.14492/1713
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Descrição
Resumo:La presente investigación se realizó en la Biblioteca de Facultad de Química y Farmacia, así como realizando visitas a los establecimientos Farmacéuticos y a la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) con el objetivo de conocer si los Establecimientos aplicaban las Buenas Prácticas de Distribución y Transporte de Medicamentos y si contaban con un manual de Procedimiento para la ejecución de las Buenas Prácticas. Ningún Establecimiento cuenta con un manual de Procedimiento escrito que detalle las Buenas Prácticas de Distribución y Trasporte de Medicamentos. Se ha propuesto un Manual de Procedimientos Operativos Estándar de Buenas Prácticas de Distribución y Transporte de Medicamentos, donde se elaboraron cuatro procedimientos, realizando una investigación de normativas internacionales como son la Organización Mundial de la Salud(OMS) en el anexo 5 del informe 40 “Buenas Prácticas de Distribución de Productos Farmacéuticos” y La Conferencia Internacional sobre la Armonización de los requisitos técnicos para el registro de productos Farmacéuticos (ICH) con la Guía de Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos de Uso Humano, detallando una serie de instrucciones para el personal, estudios de evaluación del ambiente, registros de las actividades, y lo más importante que sirva de guía tanto para la Dirección Nacional de Medicamentos como para los Establecimientos Farmacéuticos y así darle cumplimiento a los artículos 44 y 45.