Principios Generales de los Impuestos y Consideraciones sobre la Ley de la Alcabala
Según W Gerloff, los impuestos y contribuciones públicas, entendidos en el sentido de etimológico de colaboración económica, son tan antiguos como en la sociedad humana, ya que siempre que existan comunidades que hayan de satisfacer necesidades colectivas, existirán métodos encaminados a hacer. Que...
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Format: | Thesis |
Language: | es_SV |
Published: |
2024
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Subjects: | |
Online Access: | https://hdl.handle.net/20.500.14492/8094 |
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Summary: | Según W Gerloff, los impuestos y contribuciones públicas, entendidos en el sentido de etimológico de colaboración económica, son tan antiguos como en la sociedad humana, ya que siempre que existan comunidades que hayan de satisfacer necesidades colectivas, existirán métodos encaminados a hacer. Que los miembros de la comunidad aporten su colaboración económica para la satisfacción de esas necesidades comunes. A ese respecto, nos dice Gerloff . Desde el donativo en cierto modo voluntario de la Comunidad hasta la aportación forzosa, es decir, hasta la prestación obligatoria, coactiva desde la retribución de la actividad del jefe. Hasta las contribuciones al presupuesto público, desde las contribuciones privadas y semiprivadas hasta los gravámenes. Fundados En estricto derecho público. Desde la satisfacción ocasional de las necesidades mediante contribuciones extraordinarias hasta la creación de fuentes financieras permanentes. Desde los impuestos finalistas, es decir, aquellos productos, es afectado a fines concretos, hasta los medios generales y regulares de satisfacción de las necesidades. Desde las prestaciones cuyo gravámenes, fundados en estricto Derecho público. Desde la satisfacción ocasional de las necesidades mediante contribuciones extraordinarias hasta la creación de fuentes financieras permanentes. Desde los impuestos finalistas, es decir, aquellos. Cuyos productos. Es afectado a fines concretos, hasta los medios generales y regulares de satisfacción de las necesidades. Desde la prestaciones cuyo gravamen. Recaiga únicamente sobre determinadas clases sociales hasta la obligación general de contribuir. Desde las prestaciones en especie o en servicios, hasta las prestaciones en dinero y finalmente, desde los medios complementarios de satisfacción. De las necesidades hasta las satisfacción total de las necesidades fundamentales. |
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