Alcances y Limitantes del Artículo 26 de la Ley Especial contra los Delitos Informáticos y conexos, en relación a la Revelación Indebida de Datos o Información de Carácter Personal de las Mujeres en El Salvador

La evolución de las computadoras responde a dos aspectos muy importantes, un aspecto histórico y un aspecto social, las tecnologías de la información y la comunicación, se desarrollan a partir de los avances científicos producidos en los ámbitos de la informática y las telecomunicaciones y el intern...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Hernández de Lima, Consuelo Carolina, Pérez Arabia, Diana Margarita, Serrano Orellana, Flor de María
Otros Autores: Cubías Ramírez, Alejandro Bicmar
Formato: Tesis
Lenguaje:es_SV
Publicado: 2024
Materias:
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14492/9920
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Descripción
Sumario:La evolución de las computadoras responde a dos aspectos muy importantes, un aspecto histórico y un aspecto social, las tecnologías de la información y la comunicación, se desarrollan a partir de los avances científicos producidos en los ámbitos de la informática y las telecomunicaciones y el internet es indispensable para el desarrollo de una sociedad, debido a que el internet es simplemente la interconexión de redes informáticas que permite a los ordenadores o computadoras conectadas comunicarse directamente, aunque se utiliza en múltiples tareas, surge también la preocupación del uso que determinadas personas o instituciones puedan hacer de los datos personales privados y datos sensibles que estén almacenados en distintas bases de datos informáticos y cuyo control se escapa. Se analiza jurídicamente el delito informático cuando se hace uso de las tecnologías de la información y la comunicación, teniendo por objeto la realización de la conducta típica y antijurídica para la manipulación y revelación indebida de datos o información de carácter personal, con énfasis en las mujeres como víctimas del delito, previsto y sancionado en el artículo 26 de la Ley Especial Contra Los Delitos Informáticos y Conexos. Dicha Ley protege los bienes jurídicos de conductas ilícitas cometidas por medio de las tecnologías informáticas y tecnologías de la comunicación, así como prevenir y sancionar los delitos cometidos en perjuicio de los datos almacenados, procesados o transferidos; los sistemas, su estructura o cualquiera de sus componentes, o los delitos cometidos mediante la utilización de dichas tecnologías que afecten intereses relacionados con la identidad, propiedad, intimidad e imagen.